Por: HUMBERTO
MERCADO MEZA – Abogado Penalista – Magister en Ciencias Políticas
La historia
de la justicia en Colombia ha sido centro de variados conatos de
trasformaciones y/o modificaciones que, por razones técnicas, políticas o,
institucionales, no se han logrado al punto que las mismas han sufrido de
mortinato, a manera de ejemplo se tiene:
1. Reforma de
2012 – Acto Legislativo 11
- Objetivo: Crear
una nueva estructura judicial con un tribunal de afianzamiento
jurisprudencial.
- Fracaso: Fue declarada
inexequible por la Corte Constitucional, por vicios de trámite y por
afectar la independencia judicial.
- Razón: Errores
legislativos y falta de consenso político.
2. Reforma de
2015 – Comisión de Reforma a la Justicia
- Objetivo: Reestructurar
las altas cortes y mejorar la eficiencia judicial.
- Fracaso: Fue
retirada tras escándalos de corrupción en la Corte Constitucional y el
Consejo Superior de la Judicatura.
- Razón: Falta de
legitimidad institucional y oposición de las propias cortes, que
se sintieron amenazadas por la pérdida de poder.
3. Reforma de
2019 – Plan Sectorial de Desarrollo Judicial
- Objetivo: Modernizar
la justicia con inversión en infraestructura y tecnología.
- Fracaso: No
se tradujo en mejoras reales en acceso, descongestión ni transparencia.
- Razón: Enfoque
presupuestal sin visión política, y escasa discusión pública y parlamentaria
4. Ley
Estatutaria de la Administración de Justicia (Ley 270 de 1996)
- Objetivo: Regular
el funcionamiento de la rama judicial.
- Fracaso parcial: Aunque
vigente, ha sido objeto de múltiples intentos de reforma que no prosperan.
- Razón: Fragmentación
institucional, resistencia de actores judiciales y falta de voluntad
política sostenida.
5. Reformas
propuestas durante el gobierno de Álvaro Uribe
- Objetivo: Fortalecer
la Fiscalía y agilizar procesos penales.
- Fracaso: Muchas
propuestas no fueron aprobadas o se diluyeron en el Congreso.
- Razón: Polarización
política y tensiones con las altas cortes.
Es
conocimiento de todos que el 20 de julio pasado en el inicio de la segunda
legislatura del año 2025 del Congreso de la República, el Ministro de Justicia
y del Derecho de Colombia Luis Eduardo Montealegre, presenta e impulsa una
nueva reforma a la justicia encendiendo un intenso debate en el Congreso y en
la opinión pública.
Con esta
reforma, el ministro pretende generar desde su óptica una solución estructural
a la crisis judicial que actualmente azota nuestro país. Según el decir de
Montealegre, esta iniciativa promete agilidad, reparación a las víctimas y
modernización, pero lejos de eso, lo que esta reforma despierta en la mayoría
de los colombianos son temores sobre su implementación y los ya imprescindibles
posibles efectos colaterales.
El espíritu
del proyecto de ley destaca en su texto la reducción de la congestión judicial,
que busca que los procesos no tarden más de 12 meses en resolverse, proponiendo
la unificación de jurisprudencia, lo que supuestamente daría coherencia a las
decisiones judiciales fortaleciendo el papel de las víctimas en el proceso
penal, alineándose con principios de la justicia restaurativa.
Aunado a lo
anterior, se pretende introducir en esta reforma, la suspensión de términos
procesales con la finalidad de evitar la prescripción de delitos, una medida
que podría reducir la impunidad en casos de gran relevancia y connotación
nacional.
Sin
embargo, pese a todas las arandelas positivas que se pretendan presentar dentro
de este proyecto de ley, se hace necesario dejar claro el hecho de hacer
obligatoria la unificación de sentencias como se pretende por parte de
Montealegre, teniendo en cuenta que dicha unificación podría limitar la
autonomía judicial, y que el uso amplio del principio de oportunidad podría
abrir la puerta a beneficios excesivos para criminales, especialmente en el
marco de la fallida “paz total” de Petro.
Así mismo,
genera preocupación con una lectura simpe al proyecto de ley la falta de
claridad en la implementación, pues muchos detalles dependerán de leyes futuras,
sin dejar de lado el impacto negativo en zonas rurales, ya que se presenta
ineludiblemente un acceso limitado a jurisprudencia digital lo que
profundizaría la gran brecha de desigualdad que actualmente existe.
Lo que se
puede concluir con esta reforma en un país donde la justicia ha sido
históricamente lenta y desigual, es que cualquier cambio debe ser vigilado con
lupa y a un que la misma es necesaria en muchos aspectos, es igualmente
ambiciosa, sin embargo, su éxito dependerá de cómo se reglamente, se implemente
y se controle.
Cabe
preguntar entonces, ¿Esta sería la reforma transformadora de la justicia
colombiana o más bien otro intento fallido? Solo el tiempo y la sociedad
tendrán la última palabra.
No hay comentarios:
Publicar un comentario