domingo, 23 de agosto de 2026

PROCURADURÍA CON LA LUPA EN PROYECTOS DE DUMEK TURBAY

 


Cartagena no puede improvisar con el agua: la Procuraduría pone la lupa sobre la nueva empresa que impulsa Dumek Turbay


 Acueducto de Cartagena, Aguas de Cartagena, Dumek Turbay y el futuro de los servicios públicos

 

Se sabe que también la Procuraduría Ambiental le envió un extenso requerimiento al Alcalde Dumek Turbay por su proyecto del Teleférico de la Popa.


Cartagena está frente a una discusión que va mucho más allá de la pelea de egos políticos entre el alcalde Dumek Turbay y Aguas de Cartagena (Acuacar). Lo que está en juego es mucho más serio: el futuro del acueducto y el alcantarillado de la ciudad, miles de millones de pesos en recursos públicos y, sobre todo, la continuidad y calidad de un servicio esencial para los cartageneros.


La intención de la Alcaldía de impulsar una nueva empresa pública para asumir, entre otros, los servicios de acueducto y alcantarillado puede presentarse como una alternativa ante las inconformidades existentes con el actual operador. Pero una cosa es defender el interés de los ciudadanos y otra muy distinta es avanzar en una transformación de semejante magnitud sin demostrar, con documentos, estudios técnicos y cifras claras, que la decisión es jurídicamente viable, financieramente sostenible y conveniente para Cartagena.


Y precisamente ahí está el punto que merece toda la atención.
Según la información revelada por la Unidad Investigativa de EL TIEMPO, la Procuraduría General de la Nación formuló importantes advertencias al Distrito sobre el proyecto de creación de la nueva empresa. El Ministerio Público habría identificado posibles riesgos jurídicos, administrativos, financieros y hasta patrimoniales.


Esto debería ser tomado con absoluta seriedad, y no con apasionamientos.
¿Por qué crear una nueva empresa si existe un contrato vigente hasta 2034, y cuando todavía faltan 8 años pa5a concluirse y liquidarse?
Esta es quizás la pregunta más importante que debe responder la administración de Dumek Turbay.


Aguas de Cartagena tiene vigente un contrato de Gestión Integral del Servicio de Acueducto y Alcantarillado, GISAA, que se extiende hasta junio de 2034.
Si el Distrito pretende crear una nueva empresa para desarrollar funciones que actualmente ejecuta Acuacar, es indispensable explicar con absoluta claridad qué va a ocurrir con el contrato vigente, con los activos, con las inversiones realizadas, con los trabajadores, con los sistemas operativos y comerciales y, principalmente, con los usuarios.


La Procuraduría habla de una posible duplicidad funcional, Y esa expresión no puede pasar inadvertida.
Porque Cartagena no necesita dos estructuras administrativas compitiendo por el mismo servicio, dos burocracias disputándose competencias o una transición improvisada que termine pagando el ciudadano.
Cartagena necesita agua de calidad, continuidad, presión adecuada, alcantarillado eficiente y tarifas justas.
El patrimonio público también está en juego
Hay otro elemento particularmente delicado.
Según la información conocida, el Distrito de Cartagena es propietario del 50 % de Aguas de Cartagena.
Entonces aparece una contradicción que debe ser explicada públicamente.
Si la administración distrital impulsa una nueva empresa para sustituir al actual operador y, como consecuencia, Aguas de Cartagena pierde valor, ¿qué ocurre con la participación accionaria que tiene el Distrito?
La pregunta es legítima y merece respuestas técnicas, no políticas.
La Procuraduría habría advertido precisamente sobre el riesgo de una eventual afectación indirecta del patrimonio público.
Y aquí la discusión deja de ser simplemente Turbay contra Acuacar.
Se convierte en una discusión sobre el patrimonio de todos los cartageneros.
¿Dónde están los estudios jurídicos, financieros y patrimoniales que ameriten esa nueva empresa?
Este puede ser el punto más crítico de todo el debate.
De acuerdo con la información revelada, la Procuraduría considera que no estaría acreditada la existencia de un estudio demostrativo con el alcance exigido por la Ley 489 de 1998.
Si se va a crear una empresa pública de semejante importancia, Cartagena merece conocer antes de cualquier decisión:
cuánto costará crearla;
cuánto costará mantenerla;
cuántos empleados tendrá;
cuánto costará la nómina;
cómo será financiada;
qué infraestructura recibirá;
qué pasará con los activos actualmente vinculados al servicio;
cuál será el impacto fiscal;
qué ocurrirá con las tarifas;
cuánto costará la transición;
qué pasará con el contrato vigente;
y cuáles serán los beneficios concretos para los usuarios.
No basta con decir que una nueva empresa será mejor.
Hay que demostrarlo.
El agua no puede convertirse en una pelea política
El alcalde Dumek Turbay tiene todo el derecho de cuestionar la operación de Aguas de Cartagena si considera que existen fallas.
También tiene la obligación de defender los intereses de los usuarios y exigir resultados.
Pero precisamente por tratarse de un servicio esencial, cada decisión debe estar blindada jurídica y técnicamente.
No sería responsable que una disputa entre la administración distrital y el actual operador terminara convirtiéndose en una batalla institucional en la que Cartagena termine pagando las consecuencias.
Tampoco sería aceptable que detrás de una eventual transformación del modelo de prestación aparezcan intereses particulares que pretendan quedarse con un negocio multimillonario.


Las versiones sobre supuestos empresarios opacos interesados en controlar el servicio deben ser esclarecidas por las autoridades competentes. No pueden convertirse en verdades por repetición, pero tampoco deberían ser ignoradas si existen elementos concretos que ameriten investigación.


El agua de Cartagena no puede tener dueño distinto al interés público.
La Procuraduría hizo una advertencia que debe escucharse
El hecho de que el Ministerio Público haya solicitado información y estudios al Distrito no significa que el proyecto sea ilegal ni que la Procuraduría haya tomado una decisión definitiva contra la administración.
Pero sí significa algo importante: el proyecto necesita mayores explicaciones y soportes.
Según la información publicada, el organismo de control dio un plazo de 10 días para que la Alcaldía entregue documentos relacionados con el estudio demostrativo, la autorización del proyecto de Acuerdo 116 de 2026, el impacto fiscal y los costos de transición y funcionamiento de la nueva empresa.
Ese requerimiento debería convertirse en una oportunidad para que la administración muestre todas las cartas sobre la mesa.
Cartagena merece conocer toda la verdad
La discusión no puede reducirse a escoger entre Dumek Turbay o Aguas de Cartagena.
La pregunta verdadera es:
¿Qué modelo garantiza el mejor servicio de agua y alcantarillado para Cartagena y cuál protege mejor los recursos públicos?
Si los estudios demuestran que una nueva empresa pública es la mejor alternativa, que se conozcan los estudios y que se avance.
Pero si los números no dan, si existen riesgos jurídicos, si se afecta el patrimonio público o si la transición resulta más costosa que los beneficios esperados, también hay que decirlo.
Cartagena no puede darse el lujo de experimentar con el agua.
Una nueva empresa pública puede ser una gran solución o puede convertirse en un enorme problema financiero y administrativo. La diferencia estará en la rigurosidad con la que se tome la decisión.
No se trata de defender a Acuacar. Tampoco de defender al alcalde. Se trata de defender a Cartagena.
Y cuando se habla del agua, la ciudad tiene derecho a exigir algo elemental: transparencia, estudios, cifras, legalidad y resultados.
La pregunta que queda sobre la mesa
Antes de crear una nueva empresa de servicios públicos, el Distrito debería responder públicamente una pregunta sencilla:
¿Cuánto le costará esta decisión a Cartagena y cuánto le ahorrará al ciudadano?
Porque si no existe una respuesta clara, sustentada en estudios y números verificables, sería muy difícil pedirle a los cartageneros que confíen en el proyecto.
El agua no puede manejarse con improvisación.
El agua es un derecho, pero también es un patrimonio público. Y Cartagena no puede permitir que una disputa política termine poniendo en riesgo ninguno de los dos. 

 















LOS TALAIGUA UNIDOS POR CARRETERA NUEVA

 



La transformación de una vía que durante años representó dificultades para la movilidad de las comunidades rurales hoy es una realidad. La Gobernación de Bolívar entregó el mejoramiento de la vía que comunica la cabecera municipal de Talaigua Nuevo con el corregimiento de Talaigua Viejo, una obra que permite avanzar en conectividad, movilidad y calidad de vida para sus habitantes.

 

El proyecto contempló la pavimentación en concreto rígido de 3.130 metros de vía terciaria, con placas de 20 centímetros de espesor, desde el punto K0+000, en la cabecera municipal, hasta el K3+130, en el corregimiento de Talaigua Viejo.

 

La obra contó con una inversión de más de $11 mil 800 millones de pesos en el contrato de obra y $620 millones en el contrato de interventoría, para una inversión total superior a $12.400 millones.

 

El cambio ya es evidente para quienes diariamente utilizan este corredor vial. Rosemberg Gómez, habitante del sector, recordó las dificultades que enfrentaban antes de la intervención, especialmente durante las temporadas de lluvia.

 

“Yo peluqueo por esta zona y a veces tocaba cancelar las citas, pero ahora quedó de primera. Cada vez esta zona mejora más. Esto era intransitable con la lluvia y mucho polvo. Pero ahora quedó como una autopista”, sostuvo.

 

Para los habitantes de Talaigua Viejo, la nueva vía representa también mayor facilidad para movilizarse y acceder a servicios y actividades económicas. Las condiciones anteriores dificultaban incluso el tránsito de motocicletas, especialmente durante los períodos de lluvia.

 

El gobernador de Bolívar, Yamil Arana Padauí, destacó que la obra responde a una necesidad histórica de la comunidad y aseguró que el Gobierno departamental estará atento a los aspectos que deban ser ajustados.

 

“Ayer llovió y todo muy bien. Se acuerdan que antes ni las motos querían pasar y cobraban un poco de plata para venir hasta acá. Por supuesto que hay detalles que la comunidad pide para corregir y esas tendrán que ser tenidas en cuenta porque la vía tiene cinco años de garantía”, señaló el mandatario.

 

Arana agregó que la satisfacción de los habitantes es la principal razón para continuar llevando inversión a los territorios que durante años estuvieron apartados de las grandes obras de infraestructura.

 

“Me voy contento porque ustedes están contentos, porque se les hizo un gran aporte a la calidad de vida de este corregimiento que estaba olvidado”, afirmó.

 

Con esta intervención, la Gobernación de Bolívar continúa fortaleciendo la red vial del departamento y llevando obras de infraestructura a las comunidades rurales, con el propósito de mejorar la movilidad, facilitar el transporte y generar mejores condiciones para el desarrollo social y económico de sus habitantes. Una vía que antes se volvía un desafío con la lluvia, hoy se convierte en una nueva oportunidad para Talaigua Viejo.















INCENTIVOS DE EPM POR USO EFICIENTE DE ENERGIA

 


* El programa busca promover hábitos de consumo más eficientes, contribuir a la confiabilidad del sistema eléctrico nacional, especialmente en temporadas de poca lluvia como la que se espera con el fenómeno de El Niño.

* Los usuarios del mercado regulado de energía tendrán una meta individual de consumo, calculada con base en su comportamiento de los últimos 12 meses contados desde el 3 de agosto de 2026 hacia atrás.

* Quienes reduzcan su consumo por debajo del 90% de su meta podrán recibir beneficios económicos, provenientes de los recursos recaudados por los consumos que superen el 110 % de las metas individuales.

* El programa será transitorio, autofinanciado y de aplicación automática para los usuarios regulados elegibles.

 

Las empresas de comercialización de energía del Grupo EPM en Colombia -Afinia, CHEC, CENS, EDEQ EPM y ESSA- implementan el programa transitorio de incentivos al uso eficiente de energía eléctrica, establecido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) mediante la Resolución CREG 101120 de 2026.

 

La iniciativa busca promover decisiones de consumo más eficientes y contribuir a la reducción de la demanda regulada en situaciones de estrechez energética, baja hidrología y riesgo para la confiabilidad del suministro, con el propósito de prevenir eventuales situaciones de desabastecimiento.

 

Mecanismo que reconoce el ahorro de energía

El programa establece un mecanismo en el que el ahorro de energía puede traducirse en un beneficio económico para los usuarios. Para esto, cada usuario regulado elegible tendrá una meta individual de consumo que servirá como referencia durante la aplicación del programa.

 

Esta meta será calculada con base en la media de los consumos promedio diarios de los ciclos completos de los últimos 12 meses y será única durante la aplicación del mecanismo.

 

A partir de esta referencia:

* Cuando un usuario supere el 110 % de su meta, se aplicará un cobro adicional únicamente sobre el consumo que exceda ese nivel. El consumo que se encuentre entre el 100% y el 110 % de la meta no genera cobro adicional.

* Los usuarios que reduzcan su consumo por debajo del 90 % de su meta podrán participar en la distribución de los recursos recaudados por el programa a través de los cobros adicionales (punto anterior). El beneficio dependerá del aporte de cada usuario a la reducción del consumo.

 

Así, los recursos provenientes de los cobros adicionales conformarán una bolsa en cada mercado de comercialización y serán distribuidos entre los usuarios que contribuyan al ahorro de energía, de acuerdo con las reglas establecidas por la CREG.

 

Un programa autofinanciado

El mecanismo tiene carácter transitorio, excepcional, autofinanciado y de aplicación automática para los usuarios regulados que no hacen parte de las excepciones. No requiere inscripción, solicitud ni manifestación previa por parte de ellos.

 

Además, no dará lugar al reconocimiento de costos adicionales a favor de los comercializadores ni a su traslado a los usuarios mediante tarifas, cargos o mecanismos equivalentes. La resolución establece una duración inicial de seis meses, prorrogable por seis meses adicionales mediante decisión de la CREG. La implementación atenderá las disposiciones y condiciones establecidas por la Comisión.

 

El mecanismo aplica a todos los usuarios regulados a excepción de:

* Usuarios cuya determinación del consumo se realice mediante procesos

distintos a la lectura de medidor.

* Usuarios con medidor prepago para el servicio de energía eléctrica.

* Usuarios con servicio público domiciliario de energía eléctrica suspendido.

* Usuarios correspondientes a instituciones de salud, establecimientos educativos, centros asistenciales y de cuidado, organismos de atención de emergencias y desastres, instituciones de seguridad y orden público, y establecimientos penitenciarios y de detención.

* Usuarios correspondientes a inmuebles o instalaciones de entidades públicas del orden nacional o territorial, identificados como usuarios oficiales. Si bien no se les aplicará el mecanismo, se le hará un seguimiento a su comportamiento.

* Usuarios para los cuales no sea posible determinar la meta individual diaria de consumo ni asignar una meta de referencia, antes y durante la vigencia del programa.

* Usuarios AGPE que apliquen créditos de energía

* Usuarios de Comunidades Energéticas

* No aplica a cobros derivados del servicio de alumbrado público.

 

La CREG estudia la fecha a partir de la cual los usuarios verán reflejada en su facturación la aplicación del programa.

Asimismo, analiza la posibilidad de exonerar de esta medida a los usuarios ubicados en los municipios afectados por el terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto de 2026.

 

Una vez la CREG adopte estas decisiones, las empresas comercializadoras del Grupo EPM comunicarán oportunamente a sus usuarios las condiciones y fechas que correspondan. La información le permitirá a cada usuario conocer su meta individual de consumo, el consumo registrado en cada ciclo de facturación y, cuando corresponda, la información relacionada con el consumo excedente, el ahorro reconocido, el cobro adicional o el beneficio económico.

 

Juntos somos más fuertes que el fenómeno de El Niño

Desde el Grupo EPM se continúa trabajando para garantizar una implementación oportuna y adecuada de las disposiciones de la CREG, acompañando a los clientes y usuarios con información clara y oportuna sobre el funcionamiento del programa y

las acciones que correspondan.

 

Esta iniciativa se suma a la campaña "Juntos somos más fuertes que el fenómeno de El Niño" que busca fortalecer la participación y la corresponsabilidad de clientes, usuarios y demás grupos de interés frente a los desafíos que plantea el fenómeno del Niño.
















Opinión - LA CLAVIJA DE LAS RESTRICCIONES

 

Por AMYLKAR ACOSTA MEDINA - www.amylkaracosta.net

 

La gran pregunta es por qué el atraso en la ejecución de los proyectos de redes de transmisión de energía encarece las tarifas y qué debería revisarse y corregirse en beneficio de los usuarios. En nuestro concepto, cuando una restricción obedece a atrasos, insuficiencias o fallas evitables de la infraestructura, atribuibles al ejecutor del proyecto del cual se trate, su costo no debería trasladarse automáticamente a los usuarios. La regulación debe identificar la causa, establecer responsabilidades y asignar el pago a quien corresponda. Solo los eventos imprevisibles e irresistibles justificarían un tratamiento excepcional.

 

Los retrasos en la construcción de líneas, subestaciones y demás obras necesarias para transportar la electricidad dejaron de ser un asunto exclusivamente técnico. Hoy tienen un efecto económico directo: obligan al sistema a recurrir a soluciones de generación más costosas y ese sobrecosto termina incorporándose a la tarifa que pagan hogares y empresas.

 

Según el informe “Análisis de la expansión de la transmisión en Colombia 2026”, de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, entre 2022 y 2025 los usuarios asumieron $24.9 billones por restricciones del Sistema Interconectado Nacional. Esta cifra equivale al 42,2 % de los $58.9 billones acumulados desde 2008, lo que muestra una aceleración marcada del problema en los años recientes.

 

Una restricción aparece cuando el sistema no puede transportar o entregar la energía de la manera más eficiente y segura. Para mantener el suministro, el operador debe modificar el despacho previsto y ordenar la generación de plantas que, aunque pueden ser más costosas, resultan necesarias en ese momento o lugar.

 

Con corte a mayo de 2026, 189 de las 390 restricciones identificadas —el 48,5 %— no tenían un proyecto de expansión asociado. Además, el 94,9 % no contaba con una obra que avanzara de acuerdo con el cronograma previsto. La infraestructura disponible, por tanto, no está respondiendo con la velocidad requerida.

 

Las principales barreras señaladas son las demoras en el licenciamiento ambiental, las dificultades para adquirir predios y servidumbres y los problemas logísticos o técnicos durante la ejecución de las obras. El impacto tampoco es uniforme: la región Caribe concentra el 39 % de las restricciones identificadas y registra 73 casos sin un proyecto definido para resolverlos.

 

La brecha aumenta porque la demanda sigue creciendo. Entre 2008 y 2025, la demanda comercial nacional aumentó 55,4 %, mientras el número de proyectos de expansión vencidos pasó de cero a 30. Esta situación también limita la transición energética: sin redes suficientes, nuevos proyectos renovables pueden quedar sin capacidad efectiva de conexión al sistema nacional. ¡Bien se ha dicho que sin transmisión no hay Transición energética!

 

Los costos de las restricciones se calculan a partir de las ofertas de los generadores y de los ajustes realizados entre el despacho programado y la operación real. En términos sencillos, incluyen pagos por generación de seguridad fuera de mérito y otros servicios necesarios para equilibrar y controlar el sistema.

 

Al comienzo del mercado mayorista, la Resolución CREG 035 de 1995 distribuía el costo total en partes iguales: 50 % para los generadores y 50 % para los comercializadores. La Resolución CREG 063 de 2000 modificó ese esquema y asignó a los comercializadores, en representación de la demanda, el 100 % de las restricciones eléctricas; por esa vía, el costo quedó incorporado como una clavija en la fórmula tarifaria pagada por los usuarios.

 

Como antecedente histórico, la información de XM para el período octubre de 2021-septiembre de 2022 reportó restricciones por $2.35 billones de pesos, aproximadamente 40 % más que los $1.67 billones registrados en 2021. Estas cifras corresponden a períodos anteriores y se incluyen para mostrar que la tendencia de crecimiento ya era visible antes del fuerte aumento observado entre 2022 y 2025.

La revisión regulatoria no debería consistir simplemente en eliminar todo cargo por restricciones. Debe construir un mecanismo transparente que identifique el origen de cada costo y determine quién estaba en capacidad de prevenirlo o corregirlo. El principio rector puede formularse así: paga quien causa el sobrecosto o incumple la obligación que debía evitarlo; el usuario solo asume los costos eficientes, inevitables y debidamente justificados.

 

En síntesis, las restricciones son una señal de que la infraestructura y la operación del sistema no siempre responden a las necesidades de la demanda. Cuando esa señal se convierte en un costo creciente para millones de usuarios, la regulación debe preguntarse no solo cuánto se paga, sino por qué se paga y quién debía evitarlo.

Por ello, la propuesta es revisar la fórmula tarifaria para que los costos se distribuyan según su causa real. Los usuarios deberían asumir únicamente aquellos costos eficientes e inevitables que sean necesarios para garantizar el servicio. Los sobrecostos derivados de atrasos, incumplimientos o deficiencias atribuibles deben recaer en los responsables, no en quienes reciben la factura.

 















viernes, 21 de agosto de 2026

GRAVE ADVERTENCIA DE PROCURADURÍA AL ALCALDE DUMEK TURBAY

 


La Procuraduría le lanzó dura advertencia al alcalde de Cartagena por riesgos en proyecto que busca crear nueva empresa de servicio de agua.

 

Se habla de duplicidad con Acuacar, riesgos para el patrimonio público y falta de estudios que demuestren la conveniencia de la iniciativa.

 

La Procuraduría General de la Nación, en una carta dirigida al alcalde Dumek Turbay Paz, con copias al presidente del Concejo Hernando Piña, y al Secretario General de la corporación edilicia Jorge Mario Bravo, el ente de control disciplinario hizo una advertencia de control preventivo sobre los graves riesgos jurídicos,  administrativos, financieros y hasta patrimoniales de llegarse a concretar la creación de una empresa del estado poco clara para manejar todos los servicios públicos de la ciudad. Así lo revela la Unidad Investigativa del Periódico el Tiempo.

 

Según el matutino nacional, “detrás de este pulso, hay versiones de que opacos empresarios de la costa estarían interesados en apropiarse del servicio a través de interpuestas personas o testaferros”.

 

Revela la unidad Investigativa del Periódico EL TIEMPO que los abogados de Acuacar, ya recusaron a Dumek Turbay y a una de sus funcionarias por ser juez y parte dentro del asunto, y se pidió que fueran apartados del proceso sancionatorio en contra de Aguas de Cartagena por “presunto incumplimiento” del contrato para la gestión integral de los servicios de acueducto y alcantarillado, que datan desde el 20 de junio de 1995.

 

Coincidencialmente el alcalde comenzó a criticar fuertemente las fallas en el servicio de acueducto para la ciudad de Cartagena, impulsando la creación de una nueva empresa que se encargue de la prestación de esos servicios.

https://www.eltiempo.com/unidad-investigativa/procuraduria-le-lanza-dura-advertencia-al-alcalde-de-cartagena-por-riesgos-en-proyecto-que-busca-crear-nueva-empresa-de-servicio-de-agua-3579857

 

Este es el segundo revés que sufre Dumek Turbay, ya que la Procuraduría para los temas ambientales, también le envió hace unos días una extensa carta donde reclama una serie de informaciones minuciosas sobre el loco proyecto de un teleférico entre el Cerro de la Popa y la zona norte como atractivo turístico, y cuya respuesta aún no se conoce.

 

https://frenteaafrente.blogspot.com/2026/08/procuraduria-ambiental-negaria.html