jueves, 19 de febrero de 2026

VACUNACIÓN ESCALONADA PARA NIÑOS CONTRA EL DENGUE EN BOLIVAR

 


En el marco de las acciones estratégicas para el control y la reducción del dengue en el país, inició en Bolívar la vacunación escalonada contra esta enfermedad, una estrategia liderada por el Ministerio de Salud y Protección Social que seleccionó a Turbaco como el primer municipio beneficiado del departamento.

 

La vacuna Qdenga, desarrollada por la farmacéutica japonesa Takeda Pharmaceutical Company, fue incorporada al Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) y al programa de Enfermedades Transmitidas por Vectores (ETV). Será aplicada de manera gratuita a la población priorizada, como medida complementaria a las acciones de prevención y control del mosquito transmisor del dengue.

 

La selección de los 18 municipios beneficiarios en el país se realizó con base en criterios técnicos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, que contemplan la incidencia histórica de casos, el riesgo de transmisión y la vulnerabilidad poblacional. Bajo estos lineamientos, Turbaco fue el primer municipio en Bolívar escogido para la implementación del plan piloto, debido a sus condiciones epidemiológicas y demográficas.

 

Cabe señalar que la estrategia se ejecutará de manera progresiva, articulada y técnicamente orientada, como parte de un enfoque integral de prevención primaria del dengue.

 

En esta primera fase se dispondrán 1.504 dosis, dirigidas exclusivamente a niños y niñas de 9 años o que estén matriculados en cuarto grado de primaria. El esquema contempla dos dosis con un intervalo de tres meses, las cuales serán aplicadas por talento humano en salud capacitado de la ESE y de las IPS habilitadas en el departamento.

 

La incorporación de la vacuna Qdenga se suma a las medidas tradicionales como la eliminación de criaderos del mosquito transmisor, el control vectorial, la educación comunitaria y la consulta oportuna ante la aparición de síntomas. Estudios técnicos indican que esta intervención podría contribuir a reducir la incidencia, la carga clínica y los costos asociados al dengue, especialmente en zonas de alta endemicidad.

 

La Secretaría de Salud de Bolívar reitera el llamado a padres, cuidadores e instituciones educativas para facilitar la participación de los menores priorizados y continuar aplicando las medidas de prevención en el hogar.













SALARIO MINIMO SE MANTIENE VIGENTE POR DECRETO PRESIDENCIAL

 


Antonio Sanguino confirmó que el nuevo decreto provisional del salario mínimo sostendrá el alza del 23,7%. Conozca qué pasará con su sueldo y los recursos legales en marcha.

 

El Ministro de TrabajoANTONIO SANGUINO, confirmó que el decreto provisional del salario mínimo mantendrá el incremento del 23,7%, tras la medida cautelar adoptada por el Consejo de Estado que suspendió temporalmente sus efectos.

“Para tranquilidad de los trabajadores y de los empresarios, el presidente de la República ha decidido, y así lo hemos acordado con el ministro de Hacienda, mantener el 23,7%. Ojalá sea el porcentaje que se conserve durante todo el año”, afirmó Sanguino.

El jefe de la cartera laboral señaló que este mensaje también debería ser tenido en cuenta por el Consejo de Estado, que deberá pronunciarse de fondo sobre 38 demandas de nulidad presentadas contra el decreto, “en su mayoría por sectores empresariales como Fenalco”.

 

En entrevista con EL COLOMBIANO, Sanguino también expresó su inconformidad con la determinación del Consejo de Estado, Y sostuvo que “nunca antes en la historia del país se había producido una medida cautelar para suspender un decreto de salario mínimo”, ni tampoco, dijo, se había solicitado la expedición de un decreto provisional en esta materia, figura que, según afirmó, no existe en la legislación colombiana.

Asimismo, cuestionó la rapidez con la que actuó el alto tribunal.

                










GOLPE AL CONTRABANDO DE LICORES EN BOLÍVAR

 


La Dirección de Ingresos de la Gobernación de Bolívar, a través de su Grupo Operativo Anticontrabando, y en coordinación con la Policía Metropolitana de Cartagena, realizó un operativo de control en el Centro Histórico y el barrio Getsemaní que permitió la aprehensión de 151 botellas de licor importado de contrabando, las cuales no contaban con las estampillas oficiales, configurando una evasión directa del impuesto al consumo.

 

La mercancía incautada, avaluada en aproximadamente 11 millones de pesos, representa una grave afectación a las rentas departamentales, recursos que financian sectores esenciales como la salud, la educación y el deporte. Adicionalmente, la comercialización de licores ilegales constituye un riesgo para la salud pública, al tratarse de productos cuyo origen, calidad y condiciones de almacenamiento no pueden ser verificados por las autoridades.

 

Como consecuencia del procedimiento y del incumplimiento de la Ley Anticontrabando 1762 de 2015, se procedió al cierre del establecimiento comercial, además de las sanciones económicas y administrativas a las que se exponen quienes evaden el impuesto al consumo. Estas conductas pueden derivar en multas significativas e incluso en el cierre del establecimiento, conforme a la normatividad vigente.

 

El Director de Ingresos de la Gobernación de Bolívar, Gerardo Rodríguez, señaló:  “El contrabando no es una falta menor. Es evasión del impuesto al consumo, afecta directamente los recursos del departamento y pone en riesgo la salud de los ciudadanos. Por eso, quienes comercialicen licor ilegal se exponen a sanciones, multas y al cierre de sus establecimientos. Estos operativos se van a mantener y a intensificar.”

 

La Gobernación de Bolívar reiteró su llamado a los comerciantes a cumplir con la ley y a la ciudadanía a denunciar la venta de licor ilegal, reafirmando su compromiso con la defensa de la legalidad, la salud pública y los recursos de todos los bolivarenses.

 












GOBIERNO PETRO SE LA JUEGA CON RECURSO DE SÚPLICA

 

El Gobierno nacional presentó un recurso de súplica ante el magistrado Juan Camilo Morales Trujillo, de la Sección Segunda del Consejo de Estado, con el fin de que revise el auto del 12 de febrero que ordenó la suspensión transitoria del Decreto 1469/25, mediante el cual se fijó el salario mínimo vital para 2026. La decisión judicial consideró que el incremento del 23 % no fue sustentado adecuadamente con base en los criterios previstos en la Ley 278 de 1996, relacionados con inflación, productividad y crecimiento económico.

El Ejecutivo, a través de los ministerios del Trabajo y de Hacienda, la Agencia de Defensa Jurídica del Estado y el Dapre, radicó un documento de 28 páginas en el que sostiene que la medida cautelar “desborda los límites del poder cautelar y anticipa un juicio de legalidad propio de la sentencia”. El recurso señala que el auto presenta vicios sustanciales, entre ellos sustentarse en una controversia interpretativa y no en una infracción evidente, además de adoptar una medida sustitutiva que, según el Gobierno, afecta el principio de no prejuzgamiento.

Asimismo, el recurso solicita revocar tanto la suspensión provisional como la orden de adoptar un régimen transitorio mientras se decide de fondo la demanda. En subsidio, plantea modificar el alcance de la cautelar para limitarla a medidas informativas o de seguimiento, sin intervención material en la configuración del régimen salarial. El Ejecutivo argumenta que la decisión incurre en déficit de motivación y de ponderación de intereses constitucionales y advierte que la suspensión genera incertidumbre económica y efectos inmediatos sobre los hogares que dependen del salario mínimo.

Finalmente, el Gobierno sostiene que el aumento decretado para 2026 cumple una función social y macroeconómica, al estimular el consumo y fortalecer la demanda agregada. Además, afirma que el auto judicial implica una injerencia en competencias atribuidas a la Rama Ejecutiva por la Ley 278 de 1996, al definir provisionalmente criterios regulatorios sobre el salario mínimo. En ese sentido, concluye que la potestad cautelar tiene límites y que, en este caso, se habría afectado el equilibrio entre control judicial y autonomía administrativa.













EXMAGISTRADO CARLOS VARGAS EN OTRO CARTEL DE LA TOGA

 


La Corte Suprema de Justicia condenó al exmagistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Carlos Alberto Vargas Bautista, por los delitos de prevaricato por acción, prevaricato por omisión y cohecho propio. La decisión se adoptó al confirmar que el entonces togado modificó fallos judiciales a cambio de vehículos de alta gama, grandes sumas de dinero e inmuebles.

 

El fallo, con ponencia del magistrado Jorge Caldas Vera, señaló que el exmagistrado actuó con la participación de su pareja, la abogada Kelly Andrea Eslava Montes, relación que fue negada por Vargas Bautista. Sin embargo, la alta corte evidenció interceptaciones telefónicas y mensajes de WhatsApp en los que se demostraba un vínculo íntimo y, a su vez, la coordinación de actividades ilícitas y el intercambio de información sobre asuntos judiciales.

 

Según el fallo, la relación entre Eslava Montes y Vargas Bautista: “trascendía lo emocional para adentrarse en aspectos operativos relacionados con el trámite ilegal de los procesos judiciales que cursaban en el despacho del ajusticiado”. La alta corte detalló, puntualmente, dos casos en los que el exmagistrado utilizó su cargo para obtener beneficios personales.

 

Uno de los casos está relacionado con Macromed, empresa dedicada al comercio de medicamentos que hacía parte de una unión temporal y que mantenía una demanda contra el Hospital Militar. En esa oportunidad, Vargas Bautista no se declaró impedido para conocer del proceso, a pesar de mantener una relación con Eslava Montes, quien representaba a la parte demandante.

 

Según la acusación, otro de los casos es el de la sociedad Protección Agrícola S.A.S., en el que el exmagistrado recibió, a través de Eslava Montes, un apartamento en Mosquera (Cundinamarca) y un vehículo Mercedes-Benz Cabriolet 200. Esto, a cambio de favorecer los intereses de la compañía en un litigio que cursaba en su despacho.

Por ello, la Sala de Primera Instancia señaló que la conducta de Vargas Bautista “menoscabó el bien jurídico de la administración pública, pues mediante el acto disvalioso de pactar prebendas para asegurar determinados resultados en un proceso a su cargo, distorsionó los derroteros que rigen la función judicial”. En el sentido del fallo, la Sala indicó que aún deberá determinarse si es necesaria la privación de la libertad del exmagistrado.