Un extraño caso de justicia
sesgada se abria aplicando presuntamente ayer durante una fracasada audiencia de imputación de cargos
por parte del Fiscal 59 Seccional Juan Carlos Useche Vivero en
contra de FANNY PACHON RODRIGUEZ, contratista de la Secretaría del
Interior, ya que se registraron una serie de anormales acontecimientos que
dieron al traste con dicho procedimiento judicial.
FRENTE A
FRENTE conoció por parte del denunciante el ingeniero y
veedor ciudadano Álvaro González, los siguientes hechos, en reclamo formal al
fiscal Useche Vivero.
(1)
De acuerdo a la prueba allegada hoy por usted vía correo electrónico, usted
estaba informado de la no presencia de la indiciada Pachón desde el lunes 04 May
2026 y, pese a eso, usted no me avisó ni a mi abogado apoderado.
(2) Solo hasta hoy, 07 May 2026 a las 9:53 AM, siete minutos antes de
que empezará la audiencia de imputación de cargos, a quemarropa, es que usted
me informa que tiene otra audiencia programada para la misma hora. Esto es
simplemente inaceptable y reprochable desde todo punto de vista.
(3) De acuerdo a lo expresado por la oficial/secretaria del Juzgado
Tercero penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena
durante la conexión en la audiencia virtual (a la cual a mi abogado y a mí nos
dejaron entrar después casi media hora después) usted habló con la jueza.
(4) Que la defensora asignada a la indiciada Pachón Rodríguez estaba
presente en la audiencia y, por ende, el único inconveniente para que la
audiencia no se llevara a cabo era porque usted, señor fiscal, no asistió.
De lo anterior, sumado a los hechos ocurridos antes, es dable cuestionar
su gestión dentro de este proceso, la cual, considero, se ha caracterizado por
la lentitud de su parte, cosa que se lo expresé abiertamente a través de dos
oficios. Le recuerdo:
(1) Solo hasta que yo presioné ante
la contundente evidencia de dos incidentes de desacato, fue que usted decidió,
en febrero de este año, programar finalmente la primera audiencia de imputación
de cargos para el 04Mar2026, la cual fue fallida, ya que la indiciada, como
para variar, no se presentó debido a que, supuestamente, tenía unos exámenes
médicos en otra ciudad para esa misma fecha.
(2) Luego de más de un mes, usted
seguía sin hacer lo ordenado por el juez Cuarto Penal Municipal de Cartagena:
(a) solicitarle a la indiciada que le presentara a usted prueba documental de
la excusa en un término de 48 horas; (b) que usted contactara a la Defensoría
del Pueblo para que le asignara un defensor de oficio a la indiciada Pachón; y
(c) que usted reprogramara una nueva audiencia. Usted hizo todo eso luego de
una petición presentada por mi y una posterior acción de tutela que presenté en
su contra. Finalmente, usted, el 16Abr2026, luego de la acción de tutela, fue
que empezó a hacer lo encomendado por el juez referenciado arriba.
Este nuevo episodio pintoresco y
exótico, se suma a la lista de anomalías de su despacho que he venido
detectando respecto a este proceso. Por tal razón, señor fiscal Useche Vivero,
a través de mi abogado apoderado (al que usted no informó al juzgado de su
existencia, pese a que en su despacho reposa un oficio) presentaremos queja en
su contra ante las entidades correspondientes para que se evalúe su gestión.
Por otro lado, pero no menos
importante, no vaya a resultar que las constantes dilaciones, ya sea de la
indiciada o de su despacho, conlleven a una eventual archivo del proceso, si
tomamos en cuenta lo que ha acontecido hasta el momento. O, lo peor, que exista
la posibilidad de que lo acaecido durante las dos últimas audiencias fallidas,
solo sean tácticas dilatorias hechas adrede.
Por último, quiero aclararle aspectos
importantes que considero deben quedar claros dentro de este proceso:
(1) Que esta denuncia es por la
conducta punible de fraude a resolución judicial, y que el hecho de que la
indiciada le haya enviado a usted copia de una supuesta aprobación del juzgado
de un pago que ella hizo en el diario El Tiempo para publicar una retractación
y así evitar el arresto de 10 días que pesa actualmente en su contra, no tiene
nada que ver con este proceso de denuncia que su despacho lleva. Es así que no
se entiende cuál era el objetivo de la indiciada en notificarle ese hecho a
usted.
(2) Tuve acceso al expediente de la
tutela 1300140880162023-00372-00 y, en dicho folder, no hay evidencia de que el
Juzgado 16 Penal Municipal de Cartagena haya "aprobado" la
retractación, tal y como la indiciada afirmó en correo electrónico que ella le
envió a usted hoy 07May2026. Contactaré al Juzgado 16 Penal Municipal de
Cartagena para aclarar esa situación, ya que los documentos allegados por
aquella (Pachón Rodríguez) a ese despacho solo muestran un pago hecho el
05May2026 a El Tiempo por $117.000 y el texto de la retractación que iría en la
publicación del diario, pero no hay evidencia de que la retractación fue, de
hecho, ya publicada en el citado diario, que es, al final, la única evidencia
válida.
Le corresponde a la policía Judicial adscrita a esa fiscalía, verificar
la autenticidad de la excusa presentada por la indiciada, para constatar si no
se trata de otro documento presuntamente comprado en TEMU.

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