martes, 24 de marzo de 2026

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL ORDENÓ INVESIGAR ENCUESTA DE DUMEK

 

Ante un reclamo del veedor ALVARO GONZALEZ ALVAREZ, la oficina de encuestas del Consejo Nacional Electoral, ordenó abrir una investigación sobre los detalles que rodearon la famosa encuesta del Centro Nacional de Consultorías CNC, donde se sobredimensiona la favorabilidad del alcalde Dumek Turbay Paz con un 83.3 %, la cual habría sido encargada y pagada de manera poco clara.

 

FRENTE A FRENTE conoció que la misma firma encuestadora, hasta ayer no había enviado formalmente la encuesta al Consejo Nacional electoral ´para su validación la cual debió hacerse de manera simultánea al estudio de campo o toma de muestra que se dice en la ficha técnica de 910 personas entre hombres y mujeres mayores de 18 años, en zonas urbanas y rurales de Cartagena, sin especificar sectores o barrios, ni el estudio demográfico de la misma.

La LEY 2494 del 23 de Julio de 2025, POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS SOBRE LA ELABORACIÓN, PUBLICACIÓN Y DIVULGACIÓN DE ENCUESTAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. En algunos de sus apartes dice textualmente:

Artículo 6. Requisitos formales para la publicación de encuestas y sondeos. Toda encuesta de opinión de carácter electoral al ser publicada o divulgada tendrá que serlo en su totalidad y deberá indicar de manera clara y visible la siguiente información, a manera de ficha técnica: 

  1. La persona natural o jurídica que la realizó y quién la encomendó.

                La fuente de su financiación. 

  1. El tipo, tamaño de la muestra y procedimiento utilizado para seleccionar las unidades muestrales. 
  1. El tema o temas concretos a los que se refiere. 
  1. El texto literal de la pregunta o preguntas formuladas, y el orden en el que se realizaron. 
  1. Los candidatos, personas o instituciones por quienes se indagó. 
  1. El espacio geográfico y la fecha o período de tiempo en que se realizó. 
  1. El margen de error de diseño. 
  1. Tipo de estudio con arreglo a las categorías descritas en la presente Ley. 
  1. El propósito del estudio. 
  1. Universo representado. 
  1. Método de recolección de datos. 
  1. Nivel de confiabilidad. 
  1. Nombres y apellidos de los profesionales en estadística responsables de la encuesta. 
  1. Declaración en la que se informe si hubo algún tipo de contraprestación por responder la encuesta. En caso de que se hubiere otorgado contraprestación, se deberá declarar la naturaleza y el valor de dicha contraprestación.

Artículo 12. Auditoría y trazabilidad de los datos. Para garantizar que se disponga de la información necesaria para la realización de auditorías, las firmas encuestadoras deberán entregar al Consejo Nacional Electoral de manera simultánea a la entrega de los productos terminados al cliente y guardar copia, por un lapso no inferior a dos (2) años, la siguiente información: 

  1. Lo señalado en el artículo 6. 
  1. Los cálculos y justificación del tamaño y selección de la muestra. 
  1. El código computacional usado para el procesamiento de los datos y el cálculo de los indicadores. 
  1. Los registros primarios utilizados tales como cuestionarios diligenciados. 
  1. Los productos de la auditoria interna. 

Adicionalmente para el caso de encuestas en hogares se deberá entregar el código computacional usado y que haga posible replicar la selección de las unidades muestrales. En encuestas telefónicas la descripción del procedimiento de selección de la muestra y números telefónicos.

De esta forma se le viene encima la estantería de la falsa favorabilidad del 83.3 % al alcalde Dumek Turbay, ya que la encuesta no ha sido clara, ante lo cual el CNE acaba de abrir una investigación a fondo del hecho.

El informe anual de la organización Cartagena Cómo Vamos, socializado el mes pasado y que evaluó la gestión de la administración Turbay para el año 2025, reveló que al burgomaestre le fue como a perro en misa. De 58 indicadores, 34 estaban en rojo y solo cuatro estaban en verde. El sondeo realizado por la organización arrojó que el 65% de los cartageneros pensaba que las cosas andaban por mal camino, lo que representaba un aumento negativo del 14% con respecto al año 2024.

 













 


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