Emprender antes de los 35 años en Colombia puede significar
un alivio económico clave en los primeros pasos de un negocio. Sin embargo, por
desconocimiento de las reglas, muchos jóvenes dejan pasar —o pierden— los
beneficios asociados a la matrícula mercantil. Con el fin de aclarar cómo
acceder y, sobre todo, cómo conservar estos incentivos, la Cámara de Comercio de Cartagena presenta una guía práctica dirigida a
emprendedores entre los 18 y 35 años, en el marco de la Ley 1780 de 2016 y su
Decreto Reglamentario 639 de 2017.
Entre los beneficios se encuentra la exención del pago de la
matrícula mercantil y su primera renovación, un incentivo diseñado para
facilitar la formalización y acompañar las etapas iniciales de los
emprendimientos jóvenes, promoviendo empresas formales, sostenibles y alineadas
con el cumplimiento de la ley.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio al momento de la
matrícula?
Para personas naturales, se requiere tener entre 18 y 35
años, contar con una empresa cuyo personal no supere los 50 trabajadores,
activos totales inferiores a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes
y presentar la documentación exigida, incluida la manifestación expresa del
cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 1780 de 2016 y el Decreto
639 de 2017.
En el caso de personas jurídicas, la empresa debe contar con
la participación de una o varias personas entre 18 y 35 años que representen,
como mínimo, la mitad más uno del capital social. Adicionalmente, debe cumplir
con los límites de activos y número de trabajadores, presentar la relación de
socios jóvenes con su porcentaje de participación y acreditar que no se
encuentra incursa en causales de exclusión de los beneficios.
Lo que debes cumplir para mantener el beneficio en la primera
renovación.
El beneficio no es automático ni permanente. Para conservarlo
en la primera renovación mercantil, tanto personas naturales como jurídicas
deberán ratificar el cumplimiento de los requisitos de edad, activos y número
de trabajadores, anexar los estados financieros con corte a 31 de diciembre del
año inmediatamente anterior, debidamente firmados por contador o revisor
fiscal, y manifestar el cumplimiento oportuno de las obligaciones laborales, de
seguridad social y tributarias dentro de los términos legales.
Obligaciones que garantizan la permanencia del incentivo
Las empresas beneficiarias deberán realizar de manera
oportuna los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral y cumplir
con las obligaciones tributarias y de nómina a las que estén legalmente
obligadas. El acceso y la permanencia en los beneficios están condicionados al
cumplimiento responsable de estas obligaciones.
¿Cuándo se pierde el beneficio?
De acuerdo con la Ley 1780 de 2016, los beneficios se
pierden, entre otros casos, por no renovar la matrícula mercantil dentro de los
tres primeros meses del año, incumplir los aportes a seguridad social, no
cumplir con las obligaciones tributarias o suministrar información falsa para
acceder o conservar los incentivos. En estos casos, podrá exigirse la
restitución de los beneficios y aplicarse las sanciones correspondientes.
Casos en los que no aplica el beneficio
No podrán acceder a estos beneficios las personas naturales
que cancelen su matrícula mercantil y soliciten una nueva con la misma
actividad económica, ni las personas jurídicas creadas por fusión, escisión,
reconstitución o transferencia de establecimientos de comercio de empresas
existentes con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 1780 de 2016.
“Desde la Cámara de Comercio
de Cartagena acompañamos a los
jóvenes empresarios para que accedan de manera informada y responsable a los
beneficios que establece la ley. Emprender joven tiene ventajas, pero también
implica compromiso con la formalidad, el cumplimiento de las obligaciones
laborales y tributarias y una gestión empresarial transparente, claves para
construir empresas sostenibles y fortalecer el desarrollo económico del
territorio”, señaló Andrea Piña, presidenta ejecutiva de la Cámara de Comercio de Cartagena.
La Cámara de Comercio de
Cartagena invita a los jóvenes
emprendedores a informarse, planear su proceso de formalización y acercarse a
la entidad para recibir orientación y acompañamiento en cada etapa de su camino
empresarial






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