El
Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, a través del equipo
de educación vial socializó, en el Centro Histórico, la Ley 2486 del 16 de
julio de 2025, la cual regula la circulación de vehículos eléctricos livianos
de movilidad personal urbana.
La nueva norma, que por primera vez establece un
marco regulatorio para el uso de vehículos eléctricos en el país, busca
promover de manera segura este transporte personal, el cual se ha convertido en
una opción de movilidad urbana posible para muchos cartageneros.
Es de vital importancia estas actividades que
hace el DATT porque nos permiten estar informados sobre esta nueva ley y nos
ayuda a no cometer imprudencias por desconocimiento y de paso que el turista
sepa cuáles son las responsabilidades que deben tener ellos cuando también
utilizan este tipo de transportes.
Durante la jornada, empresarios, conductores y
usuarios, conocieron los principales alcances de esta Ley, que busca fomentar
la movilidad sostenible, garantizar la seguridad vial para promover la
transición hacia energías limpias en el sector transporte.
DETALLES SOBRE LA LEY 2486 DE 2025
La Ley 2486 de 2025, regula el uso de vehículos
eléctricos asistidos por motor eléctrico como bicicletas eléctricas,
monopatines y patinetas, entre otros, establece que:
-La edad mínima para su conducción será de
dieciséis (16) años cumplidos. El incumplimiento de esta disposición dará
lugar a la inmovilización del vehículo.
-No podrán movilizar a más de una persona de
forma simultánea.
-Su uso será exclusivamente para transporte
personal urbano, se exceptúan de esta prohibición las bicicletas eléctricas;
las cuales se asimilan a las bicicletas en lo que tiene que ver con su circulación
por la Red Vial Nacional.
-No deben transitar sobre las aceras o andenes,
los lugares destinados al tránsito de peatones.
-Deberán respetar los límites de velocidad
establecidos en las normas de tránsito, nunca podrá ser mayor a 25 km/h en
ciclo-infraestructura y a 40 km/h en vías permitidas.
-Los conductores deberán utilizar siempre un
casco de seguridad y deben vestir prendas retrorreflectivas de identificación
que deben ser visibles cuando se conduzca entre las 6:00 pm y las 6:00 am horas
del día siguiente.
-Los vehículos deben llevar en la parte
delantera un dispositivo que proyecte luz blanca y en la parte trasera que
proyecte luz roja.
-La multa por cada infracción será por seis (6)
SMDLV
Con esta Ley, el país da un paso hacia una movilidad
más limpia , eficiente y segura.
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