El
médico y líder cívico BENJAMIN LUNA GOMEZ RECHAZÓ Y DENUNCIÓ lo que él llamó
una intromisión y deslealtad por parte de LA abogada y lideresa JACQUELIN
PEREA BLANCO, al realizar reuniones y/o mediación con ocupantes o poseedores
de CHAMBACU, sin el conocimiento, ni autorización de algunos abogados que representan
a estas personas.
PEREA
BLANCO, habría visitado, llamado y reunido con algunas de estas
personas, lo que generó reacción de alguna de estas que rechazó la conducta de
la abogada Perea Blanco; muy a pesar de que ella podría estar representando a
su padre quien también es poseedor de predios y negocios en dicho sector.
Consultados
analistas sobre la posible
infracción de las normas
que rigen las conductas de los
abogados, coincidieron en señalar que la
conducta atribuida a JACKELIN PEREA BLANCO podría ser objeto de
investigación disciplinaria, según la ley
1123 de 2007, en su artículo 36 tipifica estas conductas como
disciplinables al señalar que los abogados,
no pueden realizar directa o indirectamente o por interpuesta persona, “gestiones
encaminadas a desplazar o
sustituir a un colega en asunto profesional o negociar
directa o indirectamente con la contraparte, sin la intervención o autorización
del abogado de esta”.
En todo caso, señalan los analistas la
decisión, de si hubo o no, falta disciplinable la tendría la comisión de
disciplina judicial, que es el ente competente, para investigar estas conductas.
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