La
justicia envía un mensaje directo: lo que se publica en redes
puede terminar en los estrados judiciales… y en arresto. Con la justicia no se juega
El Juzgado 16 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cartagena declaró nuevamente en desacato a Fany Dinora Pachón Rodríguez, contratista de la Alcaldía, y le impuso 10 días de arresto y una multa equivalente a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por incumplir una orden de tutela que le exigía rectificar públicamente señalamientos contra el ingeniero Álvaro González Álvarez.
La decisión, firmada en diciembre de
2025 por el juez Wilson David Marimón Casseres, concluyó que la accionada
incurrió en incumplimiento total y reiterado de
una orden judicial que data de 2024.
CONTEXTO DE LA NOTICIA
El conflicto comenzó con
publicaciones realizadas desde la cuenta @FanyPachon en
la red social X (antes Twitter), donde se señaló a González Álvarez como “despojador de tierras” y
responsable de apropiación irregular de lotes en el sector Serena del Mar.
El ingeniero acudió a una acción de
tutela alegando vulneración de sus derechos fundamentales al buen nombre y a la
honra. En segunda instancia, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Cartagena
revocó la decisión inicial y ordenó en un plazo
de 48 horas:
- Rectificar las afirmaciones.
- Eliminar los contenidos publicados.
- Publicar una retractación en un medio de comunicación nacional.
- Reconocer expresamente que no existían pruebas que sustentaran las
acusaciones.
- Ofrecer disculpas públicas.
La orden específica: publicar en diario
El Tiempo
Mediante auto del 28 de junio de
2024, el juzgado moduló el cumplimiento y estableció una medida concreta: la
rectificación debía publicarse en el diario nacional El Tiempo, incluyendo:
- Nombre completo de la accionada.
- Reconocimiento expreso de que González Álvarez no era “despojador
de tierras”.
- Aceptación de que no existían pruebas.
- Texto previamente aprobado por el despacho.
Sin embargo, según el juez, nunca se acreditó el cumplimiento integral.
- Primer
arresto… y nuevo desacato
En octubre de 2025, Pachón fue
capturada y permaneció tres días privada de la
libertad en una estación de Policía, tras una primera sanción
por desacato. Posteriormente solicitó cambiar el medio de publicación,
proponiendo el periódico regional El Universal en lugar de un diario nacional,
argumentando que el alcance de sus publicaciones era principalmente local.
El 25 de noviembre de 2025, el
juzgado negó la solicitud. Fue categórico: La modulación de un fallo de
tutela es excepcional y no puede hacerse por conveniencia. El
juez consideró que la red social X tiene alcance nacional y que reducir la
publicación a un medio regional disminuiría el efecto reparador ordenado.
- Segundo
incidente: 10 días de arresto y multa millonaria
Ante el incumplimiento persistente,
el 18 de noviembre de 2025 se abrió un nuevo incidente de desacato. El despacho
verificó que:
1.
La
orden era clara.
2.
El
plazo era perentorio.
3.
El
medio de publicación estaba definido.
4.
No
existía prueba de cumplimiento.
Conclusión: renuencia y responsabilidad subjetiva comprobada.
La sanción:
- 10 DÍAS DE ARRESTO
- MULTA DE 10 SALARIOS MÍNIMOS
- Pago a la cuenta “DTN – Multas y Cauciones – Consejo Superior de la
Judicatura”
Y una advertencia clave: la sanción no la exonera de cumplir la orden. Aunque
pague y cumpla arresto, la rectificación sigue siendo obligatoria. Si el
superior confirma el desacato y persiste el incumplimiento, Pachón se expone a
mas incidente de desacato hasta que el fallo sea cumplido.
El juzgado dejó claro que:
- Las órdenes de tutela no son negociables.
- No pueden ajustarse por conveniencia.
- La reparación debe ser proporcional al impacto de la vulneración.
- El desacato tiene consecuencias reales: arresto, multas y posibles
cargos penales.
- Consecuencias
penales
El caso escaló aún más. González Álvarez denunció penalmente a Pachón Rodríguez por la conducta punible de
fraude a resolución judicial. La denuncia quedó en manos de la Fiscalía 59
Seccional Cartagena que solicitó audiencia de imputación de cargos programada para
este mes de marzo0 de 2026.
Este caso se convierte en un precedente
local sobre:
- El alcance jurídico de las publicaciones en redes sociales.
- La obligación de rectificar cuando se afectan derechos
fundamentales.
- El poder coercitivo del juez constitucional para garantizar el
cumplimiento.
En Cartagena, la justicia envía un
mensaje directo: lo que se publica en redes puede terminar en
los estrados judiciales… y en arresto, y quien tiene la lengua muy larga se la puede pisar.






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