“A la
respuesta del derecho de petición sobre las fiestas de Independencia 2025, le
sigue faltando algo, la verdad a medias es mentira” Jairo Tobinson; Seguiremos
el proceso. Y esa es una de las mas graves MAÑAS del actual gobierno de Dumek
Turbay, lo cual ha sido consigna a todos sus funcionarios, aunque se metan en
problemas: NO RESPONDER DERECHOS DE PETICION Y EVADIR CUESTIONAMIENTOS.
El
alcalde de Cartagena Dumek Turbay Paz, NO CUMPLIÓ la orden del juez 6 civil del
circuito a través de un asesor jurídico del IPCC quien aparentemente respondió
el derecho de Petición al ciudadano Jairo Tobinson, representante de la
veeduría Veninusa; pero, con un lacónico lenguaje jurídico evadiendo las reales
y verídicas respuestas.
En estas
circunstancias y dentro de las instancias del proceso el representante de la
veeduría accionante manifiesta insatisfacción con las respuestas suministradas
por el asesor del IPCC e insistirá ante el juzgado para que se den los
documentos respectivos completos.
Lo que
no incluye el asesor jurídico del IPCC en sus evasivas respuestas; y
simplemente se necesitan son las copias respectivas de los archivos digitales
de las entidades que adelantaron el convenio tripartito con tres entidades del
distrito y además el Fondo Mixto de cultura que debe responder con los detalles
de contratos y valores ejecutados en las fiestas de independencia 2025 a través
del Convenio Interadministrativo No, CI-IPCC-006-2025, cuyo objeto consistía en
“Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para la realización de
actividades en el marco de la conmemoración de las fiestas de independencia
2025, en desarrollo del proyecto de inversión denominado - Protección, gestión
y salvaguarda del patrimonio material e inmaterial del distrito turístico y
cultural de Cartagena de indias” cuyo valor total convenio, incluyendo
adiciones por ($ 11.570.004.809,oo) Once mil quinientos setenta millones cuatro
mil ochocientos nueve pesos.
Sobre
este proceso se esperan nuevas decisiones judiciales en los próximos días
dentro de los términos que establece la ley, como lo está solicitando el
accionante al impugnar esta última respuesta de la administración distrital
sobre los recursos supuestamente despilfarrados en la organización de las
fiestas de Independencia del año anterior.
EL
JUZGADO 14 SE PRONUNCIÓ
PRIMERO: REQUÍERASE a ALCALDÍA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS, INSTITUTO DE
PATRIMONIO Y CULTURA DE CARTAGENA DE INDIAS, LA CORPORACIÓN DE TURISMO –
CORPOTURISMO y FONDO MIXTO DE PROMOCIÓN DE LA CULTURA Y LAS ARTES DE
CARTAGENA, para efectos de verificar si efectivamente se ha superado la
vulneración de los derechos fundamentales protegidos. En ese sentido, se REQUIERE
a DUMEK TURBAY PAZ como ALCALDE DE CARTAGENA, a LUCY
ESPINOZA DIAZ como directora de INSTITUTO DE PATRIMONIO Y CULTURA DE
CARTAGENA DE INDIAS, a LILIANA RODRÍGUEZ HURTADO como presidenta de LA
CORPORACIÓN DE TURISMO – CORPOTURISMO y a NOSSA VALBUENA MARCELA LIGIA
CECILIA como Representante Legal de FONDO MIXTO DE PROMOCIÓN DE LA
CULTURA Y LAS ARTES DE CARTAGENA, concediéndoles el término de dos (2) días
para que dé cuenta de la razón por la cual no ha cumplido lo ordenado en el
fallo precitado, de ser el caso, y/o presente sus argumentos de defensa al
igual que aporte y/o solicite pruebas conducentes y pertinentes para tomar la
decisión.
SEGUNDO:
REQUÍERASE a ALCALDÍA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS, INSTITUTO
DE PATRIMONIO Y CULTURA DE CARTAGENA DE INDIAS, LA CORPORACIÓN DE
TURISMO – CORPOTURISMO, y FONDO MIXTO DE PROMOCIÓN DE LA CULTURA Y LAS
ARTES DE CARTAGENA, para que, dentro de las doce (12) horas siguientes a la
notificación de esta providencia, informen quiénes son, junto a sus datos de
identificación, cargo y dirección electrónica de notificaciones, los
responsables del cumplimiento de lo ordenado, en caso de no ser los
referenciados en el numeral 1° de esta providencia.



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