Acostumbrado
con su equipo a pasarse por la faja los derechos de petición y los
fallos judiciales despendidos de los mismos, ahora entre hoy y mañana, en fallo
de segunda instancia obligan al alcalde Dumek Turbay a responder de fondo,
clara y completa, derecho de petición sobre los recursos invertidos en las
fiestas de Independencia 2025.
La polémica por el manejo de los recursos de las
Fiestas de Independencia 2025 escaló a un nuevo nivel. Un fallo de segunda
instancia dejó en evidencia graves vacíos en la respuesta de la administración
del alcalde Dumek
Turbay Paz, obligándolo a rendir cuentas completas en un
plazo perentorio.
A través
de un fallo de acción de tutela en segunda instancia, EL JUZGADO 6 CIVIL DEL
CIRCUITO confirmó la sentencia contra la alcaldía de Cartagena donde se le
requiere información y documentos relacionados con los recursos públicos
destinados a las fiestas de la Independencia 2025.
Con
anterioridad el JUZGADO 14 CIVIL DE CARTAGENA mediante sentencia del 16
de marzo de 2026 tuteló el derecho fundamental de petición A JAIRO TOBINSON
debido a que las respuestas emitidas por las entidades distritales accionadas
no respondieron la petición de manera completa.
El
accionante Jairo Tobinson, no se sintió conforme con la respuesta integral del
alcalde Dumek Turbay, donde le requiere los contratos y valores ejecutados en
las fiestas de independencia 2025, estudios de conveniencia, informes de
supervisión y el informe final del proyecto. Frente al caso que nos ocupa en
segunda instancia, se advierte que el accionante acudió a este mecanismo
constitucional al considerar vulnerado su derecho fundamental de petición, ante
la falta de respuesta a la solicitud elevada el 25 de septiembre de 2025,
mediante la cual requirió información y documentos relacionados con los
recursos públicos destinados a las fiestas de la Independencia de Cartagena
2025, incluidos contratos, valores ejecutados, estudios de conveniencia,
ejecución financiera, informes de supervisión y el informe final del proyecto.
Por
consiguiente, el juez ordena a la Alcaldía de Cartagena, en cabeza de Dumek
Turbay Paz, dar respuesta de fondo, clara y completa al derecho de petición,
dentro del término no mayor a 48 horas que se vencen hoy, y se remita copia de
la decisión a la Procuraduría y a la Oficina de Transparencia de la Presidencia
para efectos de control disciplinario.







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