miércoles, 2 de julio de 2025

CONSEJO DE ESTADO RATIFICÓ MULTA A PALACINO POR 1.4 BILLONES

 



La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado ratificó la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y dejó en firme la responsabilidad fiscal de Carlos Gustavo Palacino, expresidente de Saludcoop EPS, por el uso indebido de recursos públicos del Sistema de Salud en Colombia. Esta decisión reafirma el fallo de la Contraloría General de la República, que le impuso a Palacino una sanción superior a los $1,4 billones de pesos por haber desviado recursos parafiscales a intereses privados, en contravía de la normatividad vigente.

El proceso contra Palacino se remonta a una auditoría realizada por la Contraloría General de la República, la cual evidenció que, durante su gestión al frente de Saludcoop entre 1995 y 2011, el exdirectivo estructuró y ejecutó operaciones que permitieron la salida de recursos públicos del SGSSS hacia cuentas de la EPS y otras empresas vinculadas. Según la sentencia, tales operaciones representaron un uso indebido de dineros públicos asignados a la atención en salud, afectando gravemente el sistema y el principio de destinación específica.

La Contraloría estableció que estos recursos fueron destinados, entre otras cosas, al pago de gastos administrativos, inversiones en sociedades del grupo empresarial y adquisición de bienes inmuebles, sin justificación legal ni soporte normativo. De hecho, se identificaron transferencias sistemáticas de recursos entre Saludcoop EPS, Cafesalud y Epsifarma, que habrían servido como vehículos para la apropiación indebida.

Rechazo a la demanda de nulidad – Saludcoop EPS

Palacino interpuso demanda para que se declarara la nulidad del acto administrativo de la Contraloría, alegando, entre otras razones, violación del debido proceso, falta de competencia, indebida valoración probatoria, falsa motivación y afectación al principio de confianza legítima. Además, reclamó una indemnización por más de $32.000 millones por perjuicios materiales y otros 1.000 salarios mínimos legales vigentes por daño moral.

No obstante, el Consejo de Estado rechazó estos argumentos al considerar que el proceso adelantado por el ente de control fiscal se ajustó al marco legal y constitucional. En particular, se comprobó que Palacino tenía control directo sobre la toma de decisiones en Saludcoop, y que actuó como gestor fiscal al intervenir en la planificación y ejecución de las transacciones irregulares, razón por la cual se mantiene vigente su responsabilidad.

Argumentos claves de la sentencia

El alto tribunal destacó que la actividad desplegada por Palacino tuvo efectos directos sobre el patrimonio público y que las evidencias aportadas por la Contraloría, entre ellas informes financieros, actas de juntas directivas y registros contables, demostraban con claridad el desvío de recursos. Además, el fallo resalta que el exdirectivo no solo autorizó, sino que lideró decisiones que implicaron la apropiación indebida de fondos con destinación específica para la salud de los colombianos.

“Se evidenció que el señor Palacino participó en el diseño, implementación y ejecución de las maniobras administrativas y contables que dieron lugar a la apropiación indebida de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS, afectando la sostenibilidad financiera del sistema”, señala el fallo.

 








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