La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Consejo de Estado ratificó la sentencia del Tribunal Administrativo de
Cundinamarca y dejó en firme la responsabilidad fiscal de Carlos Gustavo Palacino,
expresidente de Saludcoop EPS, por el uso
indebido de recursos públicos del Sistema de Salud en Colombia. Esta decisión
reafirma el fallo de la Contraloría General de la República, que le impuso a
Palacino una sanción superior a los $1,4 billones de pesos por haber desviado
recursos parafiscales a intereses privados, en contravía de la normatividad
vigente.
El proceso contra Palacino se remonta a una auditoría realizada por la
Contraloría General de la República, la cual evidenció que, durante su gestión
al frente de Saludcoop entre 1995 y 2011, el exdirectivo estructuró y ejecutó
operaciones que permitieron la salida de recursos públicos del SGSSS hacia
cuentas de la EPS y otras empresas vinculadas. Según la sentencia, tales
operaciones representaron un uso indebido de dineros públicos asignados a la
atención en salud, afectando gravemente el sistema y el principio de destinación
específica.
La Contraloría estableció que estos recursos fueron destinados, entre
otras cosas, al pago de gastos administrativos, inversiones en sociedades del
grupo empresarial y adquisición de bienes inmuebles, sin justificación legal ni
soporte normativo. De hecho, se identificaron transferencias sistemáticas de
recursos entre Saludcoop EPS, Cafesalud y Epsifarma, que habrían servido como
vehículos para la apropiación indebida.
Rechazo a la demanda de nulidad – Saludcoop EPS
Palacino interpuso demanda para que se declarara la nulidad del acto
administrativo de la Contraloría, alegando, entre otras razones, violación del
debido proceso, falta de competencia, indebida valoración probatoria, falsa
motivación y afectación al principio de confianza legítima. Además, reclamó una
indemnización por más de $32.000 millones por perjuicios materiales y otros
1.000 salarios mínimos legales vigentes por daño moral.
No obstante, el Consejo de Estado rechazó estos argumentos al considerar
que el proceso adelantado por el ente de control fiscal se ajustó al marco
legal y constitucional. En particular, se comprobó que Palacino tenía control
directo sobre la toma de decisiones en Saludcoop, y que actuó como gestor
fiscal al intervenir en la planificación y ejecución de las transacciones
irregulares, razón por la cual se mantiene vigente su responsabilidad.
Argumentos claves de la sentencia
El alto tribunal destacó que la actividad desplegada por Palacino tuvo
efectos directos sobre el patrimonio público y que las evidencias aportadas por
la Contraloría, entre ellas informes financieros, actas de juntas directivas y
registros contables, demostraban con claridad el desvío de recursos. Además, el
fallo resalta que el exdirectivo no solo autorizó, sino que lideró decisiones
que implicaron la apropiación indebida de fondos con destinación específica
para la salud de los colombianos.
“Se evidenció que el señor Palacino participó en el diseño,
implementación y ejecución de las maniobras administrativas y contables que
dieron lugar a la apropiación indebida de recursos del Sistema General de Seguridad
Social en Salud SGSSS, afectando la sostenibilidad financiera del sistema”, señala el fallo.
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