La decisión judicial también impone una multa de
dos salarios mínimos y exige la entrega de medicamentos y toxina botulínica a
un paciente que acudió a la justicia para proteger su derecho fundamental a la
salud.
Una
nueva decisión judicial pone bajo la lupa el cumplimiento de las órdenes de
tutela por parte de Nueva EPS en Cartagena. El Juzgado Segundo Penal del
Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento ordenó solicitar el arresto
por dos días de Carlos Alberto Díaz Vergara, gerente zonal de la entidad en
Bolívar, tras confirmarse una sanción por desacato relacionada con el
incumplimiento de una orden judicial que protege el derecho a la salud de Jorge
Luis Woodbine Cantillo.
De
acuerdo con el auto fechado el 28 de octubre de 2026, el Tribunal Superior del
Distrito Judicial de Cartagena confirmó el pasado 13 de octubre la decisión que
había declarado en desacato al funcionario, debido a que no se había cumplido
integralmente el fallo de tutela emitido el 20 de mayo de este año.
La
sanción contempla dos días de arresto y una multa equivalente a dos salarios
mínimos legales mensuales vigentes. El juzgado dispuso solicitar a la
Policía Metropolitana de Cartagena que haga efectiva la medida e informe la
fecha de inicio del arresto.
Medicamentos pendientes y una nueva exigencia
judicial
Detrás
de la decisión hay una situación que toca directamente la vida de un paciente:
el acceso oportuno a los medicamentos y al tratamiento ordenado por su médico.
En el
fallo de tutela, el despacho ordenó a Nueva EPS entregar, dentro de las 48
horas siguientes, varios medicamentos prescritos a Jorge Luis Woodbine
Cantillo, entre ellos bromuro de otilonio, ácido tióctico, pregabalina y
tizanidina, además de una inyección de toxina botulínica, en las cantidades y
dosis indicadas por el profesional tratante.
Ante
el incumplimiento total de esa orden, el juzgado reiteró el requerimiento al
gerente zonal para que acate de manera inmediata la decisión y garantice lo
dispuesto en la tutela.
El
auto también fijó como plazo máximo el 29 de octubre de 2026 para acreditar el
pago de la multa. De no presentarse el comprobante dentro del término
establecido, el expediente podrá remitirse a la Oficina de Cobro Coactivo del
Consejo Superior de la Judicatura.
La salud no puede quedarse esperando
Este
caso vuelve a poner sobre la mesa una preocupación fundamental para los
usuarios del sistema de salud: cuando un juez ordena garantizar un tratamiento,
la decisión debe traducirse en una respuesta concreta para el paciente.
Para
quien necesita medicamentos o procedimientos prescritos, el cumplimiento
oportuno no es un simple trámite administrativo. Puede representar continuidad
en su tratamiento, alivio y la posibilidad de proteger su calidad de vida.
La
decisión judicial no solo establece consecuencias frente al desacato, sino que
insiste en que Nueva EPS debe cumplir la orden de tutela que ampara los
derechos de Jorge Luis Woodbine Cantillo.
De
nada ha servido el cambio de gobierno y de agente interventor en la Nueva EPS,
ya que junto a su contratista dispensador de medicamentos CAFAM DROGUERIAS, y
su IPS Bienestar, continúan ejerciendo una política criminal contra sus
afiliados.










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