En atención a
las pruebas presentadas por la Fiscalía
General de la Nación, una juez penal de conocimiento de
Bogotá condenó a
OTTOMAR JOSÉ LASCARRO TORRES a 12 años y 9 meses de
prisión por su participación en las irregularidades
detectadas en el contrato 1043 de 2020, suscrito entre el Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y
la Unión Temporal
Centros Poblados 2020 para llevar internet a más de 7.000
escuelas rurales del país.
El procesado
fue declarado responsable de los delitos de enriquecimiento ilícito, fraude
procesal y falsedad en documento privado. Además de la
pena de prisión impuesta, deberá pagar una multa de 2.452 millones de pesos y
cumplir una inhabilidad de 153 meses para ejercer derechos y funciones
públicas.
En el curso de
la investigación dirigida por un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción se
conoció que Lascarro Torres aportó los nombres, la experiencia y la información
financiera de dos
empresas de su propiedad para acreditar la capacidad
técnica y la trayectoria exigidas en el proceso contractual y permitir la conformación de la
‘Unión Temporal Centros Poblados Colombia 2020’.
De esta
manera, se indujo
en error a los funcionarios del MinTic que adjudicaron a
la unión temporal constituida el contrato de conectividad, que ascendió en
valor a más de un
billón de pesos.
Por las
actuaciones irregulares que permitieron a ‘Centros Poblados’ quedarse con el
proyecto, el empresario recibió más cerca de 250.000 dólares, recursos
que fueron transferidos a
una cuenta bancaria a su nombre en Estados Unidos.
De Lascarro se
sabe que fue alcalde de El Carmen de Bolívar entre 2001 y 2003 y
es accionista de una empresa llamada OTL Construcciones, que, a su
vez, hace parte de dos empresas que conformaban la unión temporal Centros
Poblados.



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