lunes, 27 de abril de 2026

VEJUCA DENUNCIA PERSECUCIÓN JUDICIAL POR SU LABOR

 


El abogado, sindicalista, defensor de derechos humanos y buscador de personas desaparecidas ERICK JOSÉ URUETA BENAVIDES, Presidente y Representante Legal de la Veeduría a la Rama Judicial de Cartagena (VEJUCA), denunció ante la ciudadanía, medios de comunicación y a los organismos de control nacionales e internacionales sobre la situación de vulneración del derecho que padece por la conducta del fiscal l que enfrenta en la noticia criminal SPOA N.° 130016001128202259936 a cargo de la Fiscalía 68 Local de Cartagena, iniciada por denuncia del Mayor de la Policía Nacional GUSTAVO ADOLFO BUENO AGUILAR.

Hechos documentados que comprometen la imparcialidad objetiva

        Altercado del 31 de agosto de 2022 entre el veedor y el Fiscal 68 Local, quien requirió en dos oportunidades a la fuerza pública para su retiro y captura (registrado en video).

 

        Testimonio de cargo del Fiscal 68 Local contra el veedor (03/11/2022) dentro del proceso disciplinario Rad. 13001110200020220106600.

 

        Denuncia penal cruzada del veedor contra el Fiscal (Rad. 130016001128202263461), con interrogatorio formal al denunciado el 08/11/2023.

 

        Expresión del 27/03/2026 proferida por el Fiscal ante el Personero Delegado para lo Penal: ‘yo me creía jefe de él’, en alusión al control social de VEJUCA.

 

        Dos admisiones del propio Fiscal recusado (07 y 13 de abril de 2026) sobre la conveniencia de reasignación a otro despacho.

Antecedentes públicos del oficial denunciante reportados por la prensa

La Veeduría llama la atención sobre el hecho de que la denuncia penal contra su representante legal fue formulada por un oficial sobre quien medios de comunicación nacionales y regionales han publicado señalamientos que ameritan escrutinio público, todos ellos previos al proceso SPOA 130016001128202259936:

        Caso Gloria Estrada (2022). Medios como Semana, El Espectador, El Universal y La Contratopedia Caribe reportaron que testimonios procesales del capitán Iván Darío Cadena y de patrulleros de la Policía mencionaron al entonces Mayor Gustavo Bueno Aguilar, comandante del Distrito 1, en la reconstrucción del presunto complot contra la concejala Gloria Estrada Benavides, quien fue declarada inocente mediante preclusión por el Juzgado 6° Penal del Circuito de Cartagena el 7 de diciembre de 2022, tras acreditarse la tesis del montaje. VEJUCA precisa que no le consta condena alguna contra el Mayor Bueno por este episodio a pesar de haber sido señalado.

 

        Conflicto de Playa Blanca, Barú (abril de 2022). Portales regionales reportaron que, en reunión celebrada el 04/04/2022 en la Secretaría del Interior de Cartagena —con presencia de la UNP, la Personería Distrital y la Policía Metropolitana—, la familia Girado denunció conductas de presunto constreñimiento y abuso de autoridad por parte de agentes de la Estación de Playa Blanca y del entonces Mayor Gustavo Bueno, en el marco del litigio de tierras con el empresario Gabriel Echavarría Obregón.

 

 

        Alerta pública del 18/05/2022. El portal La Regional (nota firmada por Lucio Torres) y un noticiero difundido en YouTube registraron la alerta urgente del veedor Urueta por presunto perfilamiento, encuadrada en la tensión institucional entre VEJUCA y el oficial con ocasión del caso Girado.

Interrogantes legítimos de veeduría ciudadana

 

        ¿Es compatible con la imparcialidad objetiva (art. 29 C.P., art. 8.1 CADH, Sentencia T-1034/2006 y SU-174/2021) que el fiscal con conflictividad documentada dirija la acusación contra el ciudadano con quien mantiene dicha conflictividad?

        ¿Qué nivel de escrutinio merece una acusación penal contra un veedor y defensor de derechos humanos, cuando el denunciante ha sido mencionado públicamente en antecedentes como los arriba indicados?

        ¿Honra la Fiscalía el exhorto expreso de la Sentencia T-305/2025 —que ordena garantías reforzadas al veedor como líder social— si mantiene la actual asignación?

La Red de Veeduría de la rama judicial VEJUCA, vigilante de la correcta administración de justicia  subraya que todas sus actuaciones se adelantan por los cauces institucionales: (i) solicitud formal de variación de asignación ante la Fiscal General Luz Adriana Camargo Garzón (art. 251-3 C.P.); (ii) tutela Rad. 13001310901020260004800 admitida por el Juzgado Décimo Penal del Circuito; (iii) queja ante la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar; y (iv) tutela contra la Resolución N.° 0105 del 16/04/2026.

Llamado a la opinión pública y a los organismos de control

VEJUCA solicitó a la Fiscal General, a la Procuraduría, a la Defensoría del Pueblo, a la Personería Distrital y al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, acompañar el seguimiento de este caso. La diligencia de traslado del escrito de acusación está programada para hoy lunes 27 de abril de 2026 a las 3:00 de la tarde, y produciría efectos procesales irreversibles; su ejecución por el fiscal cuya imparcialidad está objetivamente controvertida configuraría un riesgo inminente para los derechos fundamentales del veedor, sujeto de especial protección constitucional.

 

 Fuentes periodísticas citadas: Semana (28/05/2022); El Espectador (22/05/2022 y 24/05/2022); El Universal (16/05/2022); La Contratopedia Caribe (19/05/2022); Revista Zetta (07/12/2022); El Polideportivo (13/04/2022); La Regional – Lucio Torres (18/05/2022). Todas referenciadas con fecha y medio, sin atribución de conductas penales no declaradas judicialmente. VEJUCA precisa que no le consta sentencia condenatoria contra el Mayor Gustavo Adolfo Bueno Aguilar por los hechos reseñados y que la mención obedece exclusivamente al ejercicio de control social y al derecho a informar amparado por el art. 20 C.P., la Sentencia C-442 de 2011 y la libertad de expresión reforzada de defensores de derechos humanos (Corte IDH, caso Tristán Donoso vs. Panamá).

















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