miércoles, 12 de marzo de 2025

ARRESTO Y MULTA A DUMEK TURBAY Y BRUNO HERNANDEZ

El Juzgado Octavo Civil Municipal de Cartagena en RADICADO: 130014003008-2024-001190-00 decidió SANCIONAR al señor, BRUNO HERNANDEZ RAMOS, identificado con cedula de ciudadanía N° 3.800.711, en su calidad de SECRETARIO DEL INTERIOR, quien es el responsable de acatar el fallo de tutela de fecha 5 de noviembre de 2024, con arresto de tres (03) días y multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes cada uno, y de igual manera sanciona a DUMEK TURBAY PAZ, identificado con C.C. No. 73.547.859 en calidad de Alcalde Mayor de Cartagena, como superior jerárquico del encargado de cumplir el fallo de fecha 5 de noviembre de 2024, con arresto de tres (03) días y multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes cada uno.

 

El caso del que damos cuenta con documento judicial en la mano, también aclara que El arresto impuesto en esta providencia se deberá cumplir en las instalaciones de la Policía Nacional o en aquel que disponga el INPEC en la ciudad de Cartagena. Se le deberán respetar sus garantías constitucionales, entendiendo además que no se trata de la captura consagrada en el artículo 297 de la ley procesal penal (ley 906 de 2004), sino de una aprehensión con fines de traslado al lugar donde debe cumplirse la sanción de arresto.

EXPLICACION DEL CASO POR EL ABOGADO ORLANDO ESCUDERO

https://youtu.be/qw6YIhnTIHY

 

El juez FABIÁN ANTONIO RODRÍGUEZ MORENO aclaró en la parte previa que el origen del incidente de desacato se encontramos en el incumplimiento del fallo de tutela de fecha cinco (5) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), proferida por este Despacho, en el que se le ordenó a la parte incidentada procediera a emitir una respuesta de fondo clara, precisa y congruente con lo solicitado por el actor en su escrito de petición de 4 de noviembre de 2024, lo cual no se hizo, según la denuncia presentada en su debido momento por el abogado ORLANDO ESCORCIA JIMENEZ, quien cuestionó del porque el Inspector de Policía de Pontezuela Martín Arce actuó en un desalojo en el sector Cielo Mar, jurisdicción del corregimiento  la Boquilla, al tiempo que pidió claridad al secretario del Interior, porque se violaban las leyes al permitir que una persona que no era abogado, ni tampoco ha estudiado derecho, ejerza como Inspector de Policía; lo cual nunca fue respondido por el gobierno distrital.






 

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